Microcréditos ICO (créditos para familias y pymes en España)
Alertan del peligro de algunas financieras en la concesión de microcréditos para el pago del alquiler de la vivienda. Algunas plataformas alertan a la ciudadanía sobre los microcréditos bancarios frente a los créditos oficialmente respaldados por el ICO.
La crisis económica y social provocada por la pandemia del COVID19 ha llevado al Gobierno a aprobar diferentes medidas con las que paliar las dificultades de empresas y particulares. Una de ellas es una serie de microcréditos avalados por el Estado y con los que hacer frente al pago del alquiler de la vivienda que serán emitidos por los bancos y avalados por el Estado a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO). Es muy importante el hecho de que estos préstamos ICO son créditos con interés cero y el inquilino podrá devolverlos en un plazo de 6 años, prorrogable «excepcionalmente» por otros 4.
Este plan contará con hasta 1.200 millones de euros que podrán solicitar aquellas familias y empresas que hayan caído en situación de vulnerabilidad por el COVID19.
Sin embargo, desde algunas plataformas, han alertado a la ciudadanía para avisarles de que muchos de estos microcréditos bancarios no son los oficialmente respaldados por el ICO. Cuando acudan al banco a solicitar el microcrédito ICO del Estado es necesario que tengan en cuenta que realmente están accediendo a esta ayuda y no a otras fórmulas de financiación rápidas que quizá no solventarán su problema actual sino que les pueden acarrear una deuda mayor que también podría crecer en el tiempo.
Para evitarlo, es necesario que la ciudadanía conozca las diferencias entra un microcrédito ICO avalado por el Estado y uno privado. La fundamental es que los productos enmarcados en las medidas del Gobierno no tienen interés, mientras que los privados, que en algunos casos, pueden tener unas condiciones perjudiciales para el consumidor, en algunos casos pueden superar el 2.000% TAE.
Según han informado algunos miembros de estas plataformas, entre las entidades contra las que más se está reclamando en las últimas semanas se encuentran Vivus, Creditea, Quebueno, Moneyman y Cofidis, pero hay más entidades implicadas en la comercialización de este tipo de créditos rápidos que pueden tener unos intereses y comisiones muy elevados.
Preguntándonos sobre si también están realizando estas prácticas la banca tradicional, algunos han indicado que las reclamaciones de los afectados provienen principalmente de financieras. Sin embargo, hay entidades tradicionales que también comercializan este tipo de financiación, además de las famosas tarjetas revolving.
Otra de las características que diferencian los microcréditos del ICO del resto de productos de financiación rápida es que, en el caso de los primeros, jamás sería el ciudadano el responsable último del crédito. El Estado asumiría la deuda en caso de que la persona mantuviese esa situación de precariedad personal una vez alcanzado el plazo de devolución del mismo.
Productos asociados al microcrédito
Al igual que denunciaron algunos autónomos y pymes, ya ha habido consumidores que han preguntado si necesitan suscribir algún tipo de seguro o producto adicional con la entidad bancaria para acceder a uno de los microcréditos ICO avalados por el Estado para afrontar el pago del alquiler. No, en ningún caso. Las entidades de crédito no pueden imponer la contratación de seguros a los usuarios que soliciten a los bancos las ayudas de financiación para el pago del alquiler. Es una financiación que no tiene más requisito adicional que cumplir con los requisitos que el propio Estado ha marcado, similar a otros tipos de financiación como los préstamos sin requisitos.